Una de los tantos problemas que abordare hoy es "La problematica en Internet", que ofrece un sinnumero de interrogantes para el derecho penal, delitos convencionales cometidos a traves de esta gran herramienta de difusion e intercambio de informacion. Nos encontramos con delitos que ya son mas frecuentes como el phishing, utilizacion ilicita de datos personales, pornografia infantil, virus informaticos, troyanos que presentas dificultades en su persecucion, jurisdiccion, competencia, y por sobre todas las cosas Ley aplicable.
Nuestro derecho como todo lo demas no consta de de esta llamada ley aplicable lo cual hay que buscar una simil ley y adaptarla a este caso. Si bien se reconoce que las formas modernas de comunicación (el correo electrónico, los chat, servicios de mensajes en Internet, mensajes de texto de la telefonía celular, por citar los más conocidos hasta el momento) no pueden compararse con la correspondencia epistolar tradicional, por sus distintos procesos de cierre, envío, circulación y recepción la intención del proyecto es entonces, equipararlas en cuanto al ataque al mismo bien jurídico protegido, es decir, la privacidad. La comunidad electronica goza de la misma proteccion epistolar, (en principio y como dije antes asociandolo pero nuestro derecho nada dice; cabe aclarar que hay proyectos para incorporar este tema pero "en veremos")
Seria bueno desde mi punto de vista legislar la estafa mediante una manipulación informática que recaiga sobre un sistema. La imposibilidad de hacer caer en error a una máquina había provocado lagunas de punibilidad, en casos que claramente merecían la pena de la estafa (como las realizadas a través de cajeros automáticos).
Ampliar el concepto de defraudacion adaptarlo al siglo XXI, penar la manipulación informática sobre el sistema que provoque el perjuicio patrimonial, y que persiga un beneficio patrimonial, no quedarnos en una concepcion clasica, que deje de ser solo hurto; pues es mucho mas que eso.
Tener en cuenta el daño producido en perjuicio de datos o programas, más conocido y receptado en la legislación comparada como "sabotaje informático", seria bueno en esta parte introducir la figura del "virus informatico" destinados a cualquiera de los daños descriptos anteriormente.
Sin duda es un tema del que da mucho para hablar pero como dije antes no hay legislacion aplicable al caso. Contrariamente a lo que planteo hace varios meses una Jueza dictamino que la violacion a los e-mails no debe entenderse como ilegal; la verdad ya no entiendo mas nada.
Sin embargo, internet no es un espacio donde todo este permitido y cualquier acción pueda pasar desapercibida, existen mecanismos de detección de conductas ilícitas y cualquier persona que ha sido víctima de un hecho que lo afecte en sus derechos puede iniciar las acciones legales correspondientes tendientes a obtener la debida reparación del daño sufrido.
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