Las nuevas obras de carácter tecnológico presentan un proceso complejo de elaboración, requieren un gran esfuerzo en términos económicos, temporales e intelectuales, por lo que su creador adquirirá derechos patrimoniales y extrapatrimoniales desde el momento de su exteriorización, al plasmarse la obra en un soporte tangible o intangible. Sin embargo, todo el esfuerzo empleado para la creación de una obra puede decaer en cuestión de segundos, ya que un tercero que por cualquier circunstancia acceda a la misma y proceda a su registración, hará que el trabajo y el sueño de comercializarla o que trascienda al mercado, se vea frustrado.
La registración de una obra un paso imprescindible que atribuye autoría y consolida los derechos adquiridos desde su exteriorización.
Las obras de mayor difusión que deben protegerse mediante la registración, son
-Software.
-Bases de Datos.
-Obras multimedia
-Páginas Web.
18 jul 2008
Propiedad Intelectual
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