9 nov 2009

Ley de muerte Digna "A Favor"

Permite a los enfermos terminales rechazar tratamientos médicos que les produzcan sufrimiento. En Tucumán y otras provincias hay presentados proyectos similares.

El gobierno de Río Negro reglamentó, a través de un decreto, la ley de "muerte digna" y el formulario para que enfermos terminales puedan expresar su rechazo a tratamientos médicos que le produzcan sufrimiento.

La ley había sido aprobada por la Legislatura provincial en 2007 y fue puesta en vigencia por un decreto del gobernador Miguel Saiz desde el 5 de noviembre.

Así, Río Negro y Neuquén son las únicas provincias que tienen leyes vigentes sobre "muerte digna". En tanto que en el Congreso Nacional, Córdoba, Tucumán y Mendoza hay proyectos similares presentados que esperan ser tratados.

La Ley B 4264 defiende el "derecho a la calidad de vida y la dignidad de los enfermos terminales". La reglamentación incluyó a pacientes que sufran enfermedades irreversibles, incurables o que atraviesen su estado terminal, de acuerdo a casos de patologías que lleven a la muerte, las que tengan un final incierto o si el deceso fue estimado por profesionales en un breve lapso.

Fue presentada con tres anexos en los que definen a las enfermedades terminales, los procedimientos médicos para dar soporte vital, reanimación artificial, sufrimiento inevitable, acciones para controlar síntomas del paciente y un formulario con información médico legal para que el interesado pueda expresar su voluntad.

La ley tiene una cláusula que exime de responsabilidad civil, penal y administrativa a los profesionales que actúen de acuerdo a sus disposiciones.

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